La Secretaría del Convenio ha publicado el primer grupo de documentos, incluidos los órdenes del día provisionales y las instrucciones para inscribirse en la Novena Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco y el Segundo Período de Sesiones de la Reunión de las Partes en el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco
En vista de la pandemia mundial de COVID-19 y de su impacto en la realización de conferencias y viajes mundiales, no ha sido posible organizar una reunión presencial en La Haya (Países Bajos), como se había
previsto inicialmente para la Novena Reunión de la Conferencia de las Partes (COP9) en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT de la OMS) y el Segundo Período de Sesiones de la Reunión de las Partes (MOP2)
en el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco. Por lo tanto, ambas reuniones tendrán lugar de forma virtual: la COP9 se celebrará del 8 al 13 de noviembre de 2021 y la MOP2 del 15 al 18
de noviembre de 2021.
Tres meses antes de las reuniones, la documentación oficial de la COP9 y la MOP2 ha comenzado a publicarse en el sitio web del CMCT de la OMS. Teniendo en cuenta el formato virtual de las reuniones, las Partes valorarán la posibilidad de órdenes del día abreviados.
Entre otros temas importantes y como parte de las estrategias de recaudación de fondos de la Secretaría del Convenio para apoyar la aplicación del CMCT de la OMS y del Protocolo, la COP9 y la MOP2 estudiarán una propuesta
para el establecimiento y funcionamiento de sendos Fondos de Inversión. Además, ambos órganos rectores debatirán los proyectos de Plan de Trabajo y Presupuesto para 2022-2023.
En la COP9 se presentarán diversos asuntos técnicos e informes de la Organización Mundial de la Salud y de la Secretaría del Convenio, que actúa como secretaría tanto del CMCT de la OMS como del Protocolo. Debido al carácter virtual de las reuniones, se aplazará el debate de varios asuntos hasta la próxima reunión ordinaria del órgano rector (COP10).
En lo que respecta al Protocolo, se debatirán los informes del Grupo de Trabajo sobre los Sistemas de Seguimiento y Localización, incluido el centro mundial de intercambio de información y las marcas de identificación específicas
de los paquetes y envases de cigarrillos, y del Grupo de Trabajo sobre Asistencia y Cooperación, sobre el apoyo a las Partes en la aplicación de las medidas sujetas a plazos del Protocolo. En ambos informes se describe la labor llevada
a cabo por el respectivo grupo de trabajo y se presentan proyectos de decisión que deberán ser considerados por la MOP2
Si desea más información, consulte los órdenes del día provisionales completos de la COP9 y la MOP2 en las respectivas páginas especiales en el sitio web del CMCT de la OMS.
Mientras tanto, está abierta la inscripción para las reuniones del CMCT de la OMS y del Protocolo, y se han comunicado las instrucciones para la inscripción a las Partes, a los Estados que no son Partes
y a las organizaciones internacionales intergubernamentales y no gubernamentales acreditadas en calidad de observadoras ante los órganos rectores.
La acreditación en línea para los periodistas y organizaciones de medios de comunicación que deseen acreditarse para la COP9 y la MOP2 ya está abierta. Vea información adicional pinchando en las respectivas páginas de la COP9 y la the MOP2 pages.
Los periodistas deben obtener la acreditación oficial para poder asistir virtualmente a las reuniones.
Nota a los redactores:
Qué es el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco
El Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT de la OMS) es el primer tratado internacional negociado bajo los auspicios de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Fue adoptado por la Asamblea Mundial de la Salud el 21 de mayo de 2003 y entró en vigor el 27 de febrero de 2005. Desde entonces, se ha convertido en uno de los tratados de mayor y más amplia adhesión en la historia de las Naciones Unidas, con 182 Partes. El CMCT de la OMS se elaboró en respuesta a la globalización de la epidemia de tabaquismo y es un tratado basado en pruebas que reafirma el derecho de todas las personas al máximo nivel de salud posible. El Convenio representa un hito para la promoción de la salud pública y proporciona nuevas dimensiones jurídicas de cooperación internacional en materia de salud.
Qué es el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco
El Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco es el primer protocolo del CMCT de la OMS, y constituye un nuevo tratado internacional independiente. Se basa en el artículo 15 del CMCT de la OMS y lo complementa, un artículo que aborda los medios para contrarrestar el comercio ilícito de productos del tabaco, un aspecto clave de una política global de control del tabaco. Se adoptó por consenso el 12 de noviembre de 2012 en la quinta reunión de la Conferencia de las Partes en el CMCT de la OMS (Seúl, República de Corea, 12-17 de noviembre de 2012) y entró en vigor el 25 de septiembre de 2018. Actualmente cuenta con 63 Partes. Se elaboró en respuesta a la creciente preocupación por el comercio ilícito de productos del tabaco, que supone una grave amenaza para la salud pública. El comercio ilícito aumenta la accesibilidad y asequibilidad de los productos del tabaco, alimentando así la epidemia de tabaquismo y socavando las políticas de control del tabaco. Asimismo, ocasiona considerables pérdidas en los ingresos públicos, al tiempo que contribuye a financiar actividades delictivas transnacionales.