Contribuciones señaladas

De conformidad con la decisión FCTC/MOP1(1), la Reunión de las Partes decidió utilizar el Reglamento Financiero y las Normas de Gestión Financiera de la OMS como reglamento financiero a que se refiere el artículo 33.4 del Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco. De acuerdo con el párrafo 6.4 del Reglamento Financiero y las Normas de Gestión Financiera de la OMS, las contribuciones señaladas se considerarán vencidas y pagaderas al 1 de enero del año en cuestión. 

 

 

 

Decisiones de la MOP