En el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes en el Protocolo (MOP) se eligió un Presidente y cinco Vicepresidentes de entre los representantes de las Partes presentes en el periodo de sesiones. Cada una de las regiones de la OMS estará representada por un miembro en la Mesa. La Mesa de la MOP permanecerá en funciones hasta la clausura del segundo período de sesiones de la MOP, que se celebrará en 2020. (Artículo 21 del Reglamento Interior de la MOP). La Presidencia de la MOP la ocupa actualmente el Ecuador, de la Región de las Américas.
Además de una Mesa, la MOP también eligió a coordinadores regionales (artículo 24 quater del Reglamento Interior de la MOP), cada uno de los cuales representaba a su respectiva región de la OMS. Los coordinadores regionales podrán observar las reuniones de la Mesa y desempeñar las siguientes funciones:
- permanecer en contacto con el miembro de la Mesa que represente a la región y facilitar las consultas con las Partes de la región entre las reuniones de la Conferencia de las Partes para informar la labor de la Mesa y mantener informadas a las Partes acerca de los trabajos de la Mesa;
- recibir los documentos de trabajo o propuestas de la Mesa y asegurarse de que se distribuyan a todas las Partes de la región;
- compilar y enviar observaciones sobre dichos documentos o propuestas al miembro de la Mesa; y
- servir de cauce para el intercambio de información, en particular transmitiendo copia de las invitaciones a las reuniones para la aplicación del Protocolo, y la coordinación de actividades con otros coordinadores regionales.
El actual Bureau de la Reunión de las Partes, elegido por la Reunión en su Tercera Sesión del 12 al 15 de febrero de 2024 en la ciudad de Panamá, Panamá, se puede encontrar a continuación. El orden de los Vicepresidentes fue sorteado en la MOP3.
- Gabón para la Región de África
- Paraguay para la Región de las Américas
- La República Islámica del Irán para la Región del Mediterráneo Oriental
- Grecia para la Región de Europa
- India para la Región de Asia Sudoriental
- Samoa para la Región del Pacífico Occidental.
De acuerdo con el Reglamento Interior de la MOP, los coordinadores regionales podrán observar las reuniones de la Mesa y desempeñar las siguientes funciones:
- permanecer en contacto con el miembro de la Mesa que represente a la región y facilitar las consultas con las Partes de la región entre las reuniones de la Conferencia de las Partes para informar la labor de la Mesa y mantener informadas
a las Partes acerca de los trabajos de la Mesa;
- recibir los documentos de trabajo o propuestas de la Mesa y asegurarse de que se distribuyan a todas las Partes de la región;
- compilar y enviar observaciones sobre dichos documentos o propuestas al miembro de la Mesa; y
- servir de cauce para el intercambio de información, en particular transmitiendo copia de las invitaciones a las reuniones para la aplicación del Convenio, y la coordinación de actividades con otros coordinadores regionales.