Directrices para la aplicación del artículo 8
Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco
Visión de conjunto
Protección contra la exposición al humo de tabaco
De conformidad con otras disposiciones del Convenio Marco de la OMS y con las intenciones de la Conferencia de las Partes, el propósito de las presentes directrices es prestar asistencia a las Partes en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del artículo 8 del Convenio. Se han elaborado sobre la base de los mejores datos científicos disponibles y las experiencias de las Partes que han aplicado satisfactoriamente medidas eficaces para reducir la exposición al humo de tabaco.
Las directrices contienen declaraciones de principios y definiciones de términos
pertinentes convenidas, así como recomendaciones también convenidas sobre los
pasos que es preciso seguir para cumplir las obligaciones dimanantes del Convenio.
Además, en las directrices se identifican las medidas necesarias para lograr una
protección eficaz contra los peligros del humo de tabaco ajeno. Se alienta a las Partes
a que utilicen las presentes directrices no sólo para cumplir sus obligaciones legales
en virtud del Convenio, sino también las mejores prácticas de protección de la salud
pública.