Directrices para la aplicación del artículo 11
Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco

Visión de conjunto
Empaquetado y etiquetado de los productos de tabaco
En concordancia con otras disposiciones del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco y con las intenciones de la Conferencia de las Partes en el Convenio, las presentes directrices tienen por objeto ayudar a las Partes a cumplir con sus obligaciones adquiridas en virtud del artículo 11 del Convenio y proponer medidas que las Partes puedan aplicar para aumentar la eficacia de sus medidas relativas a empaquetado y etiquetado. El artículo 11 establece que cada Parte adoptará y aplicará medidas eficaces relativas a empaquetado y etiquetado dentro de un plazo de tres años a partir de la entrada en vigor del Convenio para esa Parte.